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Demanda (I) : El burofax 17.01.2008

Posted by Vecino cabreado in Guerra, La Empresa.
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La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, establece que el constructor debe responder de la garantía, dependiendo de la envergadura y el tipo de defecto, durante distintos plazos:

  • Un año para los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras.
  • Tres años de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad.
  • Diez años de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

Los desperfectos que pueda tener tu viviendas debes de ponerlos en conocimiento del promotor, para que los solucione.

Si la reacción de este es nula o insuficiente, tienes varias alternativas: presentar reclamación en los servicios de consumo de tu localidad para que esta intervención les fuerce a cumplir sus compromisos o acometer las obras de reparación asumiendo usted el coste y, una vez justificados los daños, reclamarlos en arbitraje de consumo o en procedimiento judicial, junto al interés legal de dinero y los daños y perjuicios de ese incumplimiento.

A efectos prácticos, es muy importante – por si la reclamación finalmente tiene que seguir por vía judicial – acreditar que esos defectos han aparecido dentro del periodo de garantía. Esa es la razón de ser principal del burofax certificado con acuse de recibo: Comunicar al promotor la existencia de defectos, desde luego, para darle la oportunidad de repararlo voluntariamente, pero sobre todo para dejar constancia de que los defectos han aparecido dentro del periodo de garantía que le corresponde.

A la hora de enviar el burofax, os recomendamos acudir a vuestra oficina de Correos antes que hacerlo a través de su página web. No tienen los sistemas informáticos bien integrados y el burofax se suele “perder” o aparecer a la semana. Lo hemos podido comprobar y en conversación teefónica con sus empleados, nos lo han acabado de confirmar.

¿Cuál es el contenido del burofax? Debe recoger un listado de todo lo que falta por reparar, explicitando que, si en un plazo de días razonables (indica cuantos!!) no se ha recibido respuesta por escrito, se procederá a emprender las medidas oportunas. Si pasados esos 10-15 días la petición ha sido denegada o no ha habido respuesta, se puede presentar una solicitud de mediación y/o arbitraje a la Junta Arbitral de Consumo más próxima al domicilio.

En el caso de acudir a una junta arbitral de consumo, es preciso que ambas partes estén de acuerdo al someterse. Por otro lado, en determinados casos, los más habituales, será preciso ir por vía judicial. Pero esto ya es cuestión de otra entrada en este blog.

Hemos preparado un burofax de ejemplo por si te sirve de ayuda.

Tienes más información en forovivienda.com, aunque la red de redes está plagada de incidencias de este tipo: consultas en la OCU, foros, foros y más foros, blogs, webs sociales y hasta en el entretenidísimo Yahoo  Respuestas.

Comentarios»

1. ricardo galan - 24.01.2008

cuidado porque hay que diferenciar entre constructor y promotor. Lo curioso es que el contrato de compra se hace con el promotor (Vendedor). Segun la ley de ordenacion de la construcción el responsable de los defectos de construcción es el constructor siendo el promotor responsable solidario de dichos defectos. Sin embargo si os fijais en la letra pequeña del contrato hay una clausula que dice: “Que entre el Vendedor (promotor) y las empresas y los profesionales intervinientes en la construcción no existen compromisos mediante los que se responsabilicen solidariamente de la calidad y buena construcción del edificio”. O sea que el promotor, con el que has firmado el contrato de compra confiado en que se hara responsable de cualquier defecto que tenga la casa, se puede lavar las manos diciendo que has aceptado en el contrato de compra que el unico responsable es el constructor al que normalmente ni conoces ni tienes ninguna relacion contractual. Muy inteligentes.

2. Vecino cabreado - 24.01.2008

Muchas gracias por complementar la información con tu comentario.

Efectivamente, si en tu contrato de compraventa tienes una clausula de ese
tipo, el promotor se lavará las manos. Aunque nosotros tenemos dudas de que
algo así sea legal y quizá haya que asesorarse con un abogado sobre este tema.

Por otro lado, a la hora de demandar, no hay que pararse con sólo demandar a la promotora,
y/o constructor. Si fuera necesario, uno puede llegar hasta el arquitecto, porque se
entienda que alguno de los desperfectos vienen dados por la mala realización del proyecto.
En estos casos, el asunto toma más fuerza, pues ningún arquitecto quiere ver manchada su
carrera profesional por algo así.

3. Loli Ventura - 8.05.2008

Ya he realizado todos los pasos que indicais en este foro , mandar burofax, OMIC etc… y todavía sigo con cosas sin solucionar (columnas torcidas, paredes con 2cm mas por el centro que laterales,tarima rayada aunque esto lo doy por perdido ya que alegaran que he sido yo etc…)
Mi consulta es saber cuanto cuesta un perito que examine la casa como paso previo a denunciarles via judicial.

4. Carlos A. - Gran Canaria - 2.03.2009

Hola,

Mi duda es que en mi caso, al tratarse de una autoconstrucción, yo sería el promotor, no? Entonces, tengo los mismos derechos y plazos de reclamación? me puedo encontrar con probemas anexos por ser yo el promotor? El burofax se lo envío a la constructora y además a los arquitectos/aparejadores por la dirección de obras??

Gracias

5. Burofaxtor - 25.03.2009

Me dedico a eso Loli. Probablemente hagamos en nuestra empresa los mejores informes. Mándame un email a ciencia.pericial@gmail.com y te mando un ejemplo. El precio del informe varía según el número de desperfectos.
Respecto a esa cláusula no tiene ninguna validez porque va en contra de la normativa, y no se contempla ningún caso que pueda eximirles de ella. Es como si te quieres emplear por 2 € la hora en España y firmas un contrato reflejándolo. Ese contrato no tendra validez legal.
También he visto cosas confusas… Respecto a quien demandar, es algo que lo decide el abogado en base a un dictamen técnico, aunque siempre es al promotor o gestora de la cooperativa (la jurisprudencia la contempla como promotora, al dar ese servicio a sus clientes). Es la entidad que te vende el piso de forma directa. El juez revisará las pruebas presentadas y fallará determinando la responsabilidad de cada uno.
Y algo que que me ha hecho sonreir en una de las afirmaciones… al arquitecto practicamente le da igual que le condenen por defectos constructivos. Tener que recurrir a su Seguro de Responsabilidad Civil no significa que sea el directamente responsable.
Si quieres hacerle pasar un mal rato a un técnico, llevale con la sentencia en firme a poner una reclamación en los respectivos colegios profesionales a la comisión deontológica. Te aseguro que probablemente lo pase peor ahí que en el juicio aunque las sanciones sean menores (reprimenda; retirado temporal de la titulación, … ).

Y un truco para los burofaxes: Mandar los burofax online por varias razones:
– Te permite adjuntar fotografías. Es mucho más gráfico mandar un listado con fotos de las deficiencias. Certifican el estado de las mismas en un momento del envío del burofax.
- Ventajas de ser un servicio online: Tiene la misma validez legal que el de papel y lo haces a la hora que quieras desde tu casa.Eso te permite la inmediatez que es importante en el burofax.
Entras al piso recien entregado y te encuentras las puertas rayadas, azulejos rotos, puertas que no cierran bien o rozan… todos los pequeños defectos de acabados típicos. Lo conveniente es rellenar la lista de repasos para enviarla por burofax nunca os fiéis con lo de llevarselo al de la caseta o mandar un fax… Son 20 € de seguridad en poder reclamar legalmente esos defectos si no se subsanan. Y si acompañas cada defecto con una foto, perfecto. Puedes descargar las fotos en el pc, redactar el listado de deficiencias con sus respectivas fotos en word, pasarlo a pdf y meterte en:
http://www.correos.es/comun/redirec/indexOnline.asp?src=contenidos/enviar/cartas_y_documentos/Burofax/inicial.asp
Tendrás que crear una cuenta pero eso será solo para el primero…jajaja

Espero que os sea útil